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Hasta la medianoche del miércoles 21 de julio restricción para ingreso al Quindío

La gobernación del Quindío expidió el decreto 00393 del 17 de julio del presente año, por medio del cual fueron adoptadas medidas transitorias para garantizar el orden público en el departamento de cara a la conmemoración del próximo 20 de julio. Esta determinación se adopta a partir de sucesos de diversa índole originados por el paro nacional del pasado 28 de abril y que para la región dejó situaciones como el taponamiento de vías y acciones en contra de la Universidad del Quindío, entre otras.

En ese marco y con motivo de la fiesta patria del 20 de julio, se conoce de movilizaciones cuyos destinos son las ciudades de Cali y Bogotá, y al ser el Quindío un corredor estratégico vial entre estos dos destinos, se pretende evitar que aquí se den concentraciones de manifestantes que afectarían la movilidad y el orden público, por lo que con esta medida preventiva, se busca garantizar la tranquilidad ciudadana para todas las personas.

Por lo anterior el mencionado Decreto contempla: Ordenar la restricción de la movilidad de medios de transporte y/o personas, para ingresar al Quindío desde las 3:00 p.m. el sábado 17 de julio de 2021 hasta las 11:59 p. m. el miércoles 21 de julio, se exceptúan de estas medidas entre otros: el transporte de salud y actividades como el cuidado de niños, niñas y adolescentes, lo mismo que a mayores de 70 años, movilizaciones por causa de fuerza mayor o caso fortuito; misiones médicas; transporte de la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, comercialización y distribución de alimentos; transporte de productos de limpieza y desinfección.

También las emergencias, incluidas emergencias veterinarias, los servicios funerarios, la cadena de producción y transporte de alimentos, la cadena de fumigación, siembra y cosecha del sector agro, así mismo las actividades de servidores públicos contratista del Estado, misiones diplomáticas, de la fuerza pública, de los puertos de servicio público y privado, actividades de obras de infraestructura, de operación vial, servicio de vigilancia, servicios públicos en general, servicios postales, abastecimiento de primera necesidad, desplazamiento de funcionarios con actividades administrativas, trabajadores de distintas empresas y trabajadores del sector turístico.