El secretario de Hacienda de Armenia, Yeison Pérez, explicó las razones detrás del incremento en el impuesto predial unificado y dio a conocer claridades con respecto al tema.
Pérez señaló que el aumento en el impuesto predial está ligado directamente a la actualización catastral realizada en 2022. Sin embargo, enfatizó que no todos los ciudadanos han experimentado un incremento del 100%, como se ha difundido en algunos sectores. “Los incrementos son graduales y varían para cada contribuyente dependiendo del aumento en el avalúo catastral de su propiedad”, precisó.
El funcionario explicó que el impuesto predial unificado tiene como base gravable el avalúo catastral, por lo que cualquier incremento en este último se traduce en un ajuste proporcional del impuesto. Sin embargo, destacó que existen normativas que limitan el crecimiento del impuesto para evitar que los contribuyentes enfrenten incrementos excesivos en un solo año.
En 2023, el impuesto aumentó en un 35% para todos los ciudadanos, mientras que en 2024, según la Ley 1995 de 2019, el ajuste correspondió al IPC más 8 puntos básicos, lo que resultó en un incremento del 17,28%. Para 2025, la Ley 44 de 1990 establece que el impuesto predial no podrá aumentar más del doble, fijando un límite máximo del 100%. Pérez aclaró que esta norma no otorga al alcalde la facultad de establecer un porcentaje menor a su discreción, sino que impone un tope para aquellos predios cuyo avalúo catastral aún no se ha nivelado completamente.
“En Armenia, debido a la desactualización catastral previa, hubo propiedades cuyo avalúo incrementó entre el 700% y el 1500%. En esos casos, la Ley 44 limita el crecimiento del impuesto a un máximo del 100%, incluso si la actualización catastral reflejaba aumentos superiores”, explicó el secretario.
Para ilustrar la gradualidad del incremento, Pérez presentó dos ejemplos: un predio cuyo avalúo catastral aumentó el 100% en 2022 habría visto un ajuste del 35% en 2023 y del 20% en 2024, acumulando un 55% de nivelación. En 2025, su impuesto aumentaría solo un 45% adicional para completar el ajuste total. Por otro lado, un predio con un aumento del 500% en su avalúo aún estaría en proceso de nivelación, alcanzando solo el 155% de incremento acumulado en 2025, con ajustes graduales posteriores.
El secretario destacó que la actualización catastral busca evitar la elusión fiscal y corregir inequidades tributarias. “Antes de la actualización, había propiedades con valores comerciales de 1.500 o 2.000 millones de pesos cuyos propietarios pagaban impuestos similares a los de un estrato bajo. Con la actualización, estos predios ahora contribuyen conforme a su valor real, lo que fortalece la equidad tributaria”, afirmó.
Pérez también desmintió la idea de que el incremento afecta de manera generalizada a todos los estratos socioeconómicos. Según datos de la Secretaría de Hacienda, el 90% de los incrementos en el impuesto predial para 2025 son inferiores a 600.000 pesos. Además, el 10% de los predios que experimentaron aumentos mayores a este valor pertenecen a los estratos 5 y 6. “Hemos identificado casos en los que el impuesto aumentó en valores que, aunque representan un 100% en términos porcentuales, en términos absolutos son aumentos de 30.000 o 60.000 pesos, montos que deben analizarse en su justa proporción”, concluyó.
El secretario reiteró que la actualización catastral busca un sistema tributario más equitativo y progresivo, donde quienes tienen propiedades de mayor valor contribuyan de manera proporcional a la realidad fiscal del municipio.