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Alcalde de Armenia amplió pico y cédula y decretó nuevas medidas para la reapertura de sectores comerciales

El alcalde de Armenia, José Manuel Ríos Morales, dio a conocer que, a través del Decreto 0199 del 29 de mayo de 2020, se ampliará el pico y cédula para la ciudad a partir del 1 de junio.

“Mi deber es proteger a todos y cada uno de los cuyabros, es por eso que he decido mantener el pico y cédula como una de las mejores medidas preventivas para la expansión del coronavirus, por eso a partir de este lunes, y hasta el viernes, estarán habilitados cuatro dígitos; el fin de semana cinco dígitos para que las personas salgan a hacer sus compras en establecimientos comerciales”, señaló el mandatario.

Con lo anterior, el pico y cédula funcionará de la siguiente manera:
Lunes –         3,4, 5 y 6
Martes –        7, 8, 9 y 0
Miércoles –   1, 2, 3 y 4
Jueves –       5, 6, 7 y 8
Viernes –      9, 0, 1 y 2
Sábado –     3, 4, 5, 6 y 7
Domingo –   8, 9, 0, 1 y 2.

Todos los sectores económicos autorizados para hacer el suministro de bienes y servicios a los ciudadanos deberán solicitar el documento de identidad en aras de brindar colaboración efectiva a la administración municipal en el cumplimiento de la medida impartida.

1. Construcción de obra de infraestructura pública o privada.
2. Sector de remodelación de obra de ingeniería civil
3. Todo el sector de comercio al por mayor y al por menos de cualquier tipo de producto.
4. Actividades de industria hotelera para atender emergencia COVID – 19.
5. Cadena de producción de cualquier manufactura.
6. El servicio de lavandería y limpieza. (no aplica para limpieza doméstica)
7. Las actividades propias del sector belleza (peluquerías)
8. Las actividades de las bibliotecas y los museos.
9. Actividades de los centros comerciales
10. Prestación de servicios de las inmobiliarias.
11. Actividades de laboratorios de investigación y de universidades.
12. Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general que disponga de oficina y/o establecimiento abierto al público.
13. Prestadores de servicios de salud según lo definido en las orientaciones para la restauración gradual de los servicios de salud en las fases de mitigación y control de la emergencia sanitaria por el COVID – 19.