El diputado Gabriel Alexánder Beltrán Leguizamón indicó sobre la Ley 2147 del 18 de agosto de 2021, a través de la cual el Congreso de la República autoriza a la Asamblea ordenar la emisión de la Estampilla Pro Universidad del Quindío, que se encuentran estudiando la aplicación de la Ley y revisando los hechos generadores.
Acotó que están tomando muy en serio la tarea ya que “hay una gran labor para la universidad y el departamento. Pero debemos ser muy responsables con la universidad y el departamento”.
Dentro de las acciones adelantadas para conocer más sobre el asunto, la tarea que tienen y lo que necesita la institución de educación superior. En los últimos días, la Asamblea asistió a la socialización de dicha Ley.
La facultad que les otorga la Ley incluye determinar las características, hechos económicos, tarifas, actos administrativos u objetos de gravamen, excepciones y todos los demás aspectos inherentes al uso de carácter obligatorio de la estampilla.
El recaudo por concepto de lo establecido se destinará a la adquisición de equipos de laboratorio, recursos educativos, apoyo a la investigación, transferencia de tecnología, mejoramiento de la infraestructura y para otros servicios de la universidad.
Así mismo, se determina claramente que la cuantía de la presente estampilla será hasta por la suma de $ 50.000 millones indicando que, una vez se alcance dicho monto, perderá vigencia la presente Ley.
En cuanto a la destinación de los recursos recaudados por su uso, el ordenamiento jurídico demanda orientarlos a la adquisición de equipos de laboratorio, recursos educativos, apoyo a la investigación, transferencia de tecnología, mejoramiento de la infraestructura física del campus, entre otros servicios requeridos por la institución.
La Contraloría Departamental será el ente regulador asignado para garantizar el control y traslado oportuno de los rubros a la universidad. Del mismo modo, establece que la rectoría uniquindiana deberá rendir informe semestral a la Asamblea Departamental del Quindío sobre el recaudo de los recursos provenientes de la estampilla y su destinación.