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Asamblea estudia aplicación de la Ley para presentar el proyecto de la estampilla pro universidad del Quindío

El diputado Gabriel Alexánder Beltrán Leguizamón indicó sobre la Ley 2147 del 18 de agosto de 2021, a través de la cual el Congreso de la República autoriza a la Asamblea ordenar la emisión de la Estampilla Pro Universidad del Quindío, que se encuentran estudiando la aplicación de la Ley y revisando los hechos generadores.

Acotó que están tomando muy en serio la tarea ya que “hay una gran labor para la universidad y el departamento. Pero debemos ser muy responsables con la universidad y el departamento”.

Dentro de las acciones adelantadas para conocer más sobre el asunto, la tarea que tienen y lo que necesita la institución de educación superior. En los últimos días, la Asamblea asistió a la socialización de dicha Ley.

La facultad que les otorga la Ley incluye determinar las características, hechos económicos, tarifas, actos administrativos u objetos de gravamen, excepciones y todos los demás aspectos inherentes al uso de carácter obligatorio de la estampilla.

El recaudo por concepto de lo establecido se destinará a la adquisición de equipos de laboratorio, recursos educativos, apoyo a la investigación, transferencia de tecnología, mejoramiento de la infraestructura y para otros servicios de la universidad.

Así mismo, se determina claramente que la cuantía de la presente estampilla será hasta por la suma de $ 50.000 millones indicando que, una vez se alcance dicho monto, perderá vigencia la presente Ley.

En cuanto a la destinación de los recursos recaudados por su uso, el ordenamiento jurídico demanda orientarlos a la adquisición de equipos de laboratorio, recursos educativos, apoyo a la investigación, transferencia de tecnología, mejoramiento de la infraestructura física del campus, entre otros servicios requeridos por la institución.

La Contraloría Departamental será el ente regulador asignado para garantizar el control y traslado oportuno de los rubros a la universidad. Del mismo modo, establece que la rectoría uniquindiana deberá rendir informe semestral a la Asamblea Departamental del Quindío sobre el recaudo de los recursos provenientes de la estampilla y su destinación.