En sesión virtual, la Comisión Primera del Senado aprobó en primer debate dos proyectos de ley. El primero establece disposiciones para garantizar la prestación del servicio en salud y modifica el Código Penal para aclarar el delito de negación u omisión de salud, en tanto que el segundo faculta la redención de pena privativa de la libertad, mediante el fortalecimiento de la formación en valores en los establecimientos de reclusión.
La primera iniciativa tiene como objeto tipificar penalmente la negación u omisión del servicio público de salud para quien lo requiera de manera inmediata, por estar amenazada o en peligro inminente su salud o su vida, modificando el Código Penal en ese sentido.
Dice el texto que si el director, administrador, representante legal y funcionario de las entidades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud que, sin justa causa, omita, impida, retarde o niegue la prestación del servicio de salud a una persona cuya vida se encuentre en situación de inminente peligro, incurrirá́ en prisión de veinticuatro (24) a cuarenta y ocho (48) meses