El Ministerio de Comercio, recuerda que este año los prestadores de servicios turísticos podrán acogerse al beneficio transitorio del no cobro de la multa de un salario mínimo para la reactivación del Registro Nacional de Turismo, establecido en la nueva Ley General de Turismo, Ley 2068 de 2020.
El próximo 30 de marzo vence el plazo para que los prestadores de servicios turísticos puedan reactivar el Registro Nacional de Turismo (RNT) de forma gratuita.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo les recuerda que este año los prestadores de servicios turísticos podrán acogerse al beneficio transitorio del no cobro de la multa de un (1) salario mínimo para la reactivación del RNT, que viene en la nueva Ley General de Turismo, Ley 2068 de 2020.
Este apoyo contenido en la Ley es para aquellos prestadores de servicios turísticos que, en medio del periodo de Aislamiento Preventivo Obligatorio, dejaron pasar el plazo para renovar sin multa su Registro Nacional de Turismo (RNT) el pasado 3 de julio de 2020.