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Ampliación temporal del horario de atención en discotecas y ventanillas de Armenia

Se modificó temporalmente los horarios de apertura y cierre de establecimientos comerciales que desarrollan actividades que trascienden a lo público, como clubes sociales, clubes privados, discotecas, bares, tabernas, karaokes, salas de masajes, ventanillas, estanquillos, etc.; y que su actividad principal, determinada en el registro mercantil sea el expendio, distribución y consumo de bebidas alcohólicas.

La ampliación del horario lo establece el decreto 350 del 16 de diciembre de 2021.

El horario se ajusta de la siguiente manera:

Lunes, martes, miércoles y jueves de 12 del mediodía hasta 2:00 a.m. del día siguiente.

Viernes, sábados, domingos y festivos, de 12 del mediodía hasta las 4:00 a.m. del día siguiente.

Respecto a las ventanillas, estanquillos, licoreras y estancos, su horario de apertura será desde las 9:00 a.m.

Los establecimientos deben tener toda la documentación en regla en caso de controles policivos, e iniciar los cierres 10 minutos antes del tiempo establecido en el decreto, sin música y sin venta de licor.

Se mantiene, igualmente, la prohibición del consumo de licor en espacios públicos, medida que estará vigente hasta el 16 de enero de 2022.