El Ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, anunció la expedición del Decreto 789 del 2020, a través del cual se oficializa la exención del impuesto sobre las ventas (IVA) a todos los servicios de hotelería y turismo en el país hasta el 31 de diciembre de 2020.
Según esa norma, también se encuentran excluidas del impuesto sobre las ventas-IVA, hasta el 31 de diciembre de este año, los establecimientos de comercio que lleven a cabo actividades de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías, para consumo en el lugar, cuando el Gobierno Nacional así lo autorice, o entregadas a domicilio. Esto es para actividades que se desarrollen mediante contratos de franquicia.