Gracias al trabajo articulado entre el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se logró establecer en el Proyecto de Ley número 158 de 2020 Senado, 280 de 2020 Cámara, la definición de la Vivienda de Interés Cultural (VIC).
Esta iniciativa legislativa que ya fue aprobada por el Congreso de la República y se proyecta para sanción presidencial, precisa en su articulado que “La vivienda de interés cultural VIC, se caracterizará por estar totalmente arraigada e imbricada en su territorio y su clima; su diseño, construcción, financiación y criterios normativos obedecen a costumbres, tradiciones, estilos de vida, materiales y técnicas constructivas y productivas, así como a mano de obra locales”.
De esta manera, el proyecto plantea una mirada innovadora dado que abre un amplio campo de posibilidades para los conocimientos y las técnicas tradicionales de construcción gestadas por las comunidades a lo largo del tiempo y de acuerdo con la realidad geográfica y climática y, en especial, con el patrimonio cultural de sus territorios