El Departamento Administrativo de la Función Pública emitió un concepto jurídico para aclarar la duda presentada por un ciudadano si era necesario primero ocupar un cargo público para acceder a un cargo de libre nombramiento o remoción en el Estado. Adicionalmente, el concepto de Función Pública recuerda que la experiencia está definida en el Decreto 785 de 2005 como los conocimientos habilidades y las destrezas adquiridas o desarrolladas mediante el ejercicio de una profesión, arte u oficio.
En ese sentido, el concepto señala que “para desempeñar empleos pertenecientes a los niveles Directivo, Asesor y Profesional se exija experiencia, esta debe ser profesional o docente, según el caso y determinar además cuando se requiera, si esta debe ser relacionada”.