La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá dispuso este martes 19 de agosto la liberación inmediata del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
En la resolución judicial se protegió el derecho esencial a la libertad del antiguo líder, lo que llevó a invalidar el “numeral cuarto” de la sentencia dictada el 1 de agosto anterior por la jueza 44 de conocimiento en Bogotá.
La determinación, suscrita por el magistrado Leonel Rogeles Moreno, establece que el juzgado correspondiente debe emitir de inmediato la orden de libertad en beneficio del afectado.
En ese contexto, se argumentó que la restricción de la libertad del ex presidente carecía de base sólida, dado que siempre respondió a los llamados judiciales y ejerció su defensa sin estar privado de libertad.
El fallo destaca que el razonamiento para la captura del implicado no se ajustó a principios de necesidad, adecuación, proporcionalidad y racionalidad, ya que se basó en argumentos en su mayoría vagos, imprecisos, subjetivos, desconectados de la realidad del proceso o sin respaldo probatorio, lo cual vulneró su derecho fundamental a la libertad personal.
La tutela, presentada el 4 de agosto pasado, solicita salvaguardar los derechos a la dignidad humana, al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la libertad.
El expresidente Uribe recibió una condena en primera instancia a doce años de cárcel por su implicación en los delitos de fraude procesal y soborno en procedimiento penal. En esa ocasión, la jueza estimó que podría interferir en la justicia al huir al extranjero.
Por esa razón, impuso la medida de arresto domiciliario, argumentando que esta no solo actúa como elemento disuasivo e intimidatorio para prevenir delitos por parte del involucrado y la sociedad, sino que también contrarresta la imagen negativa de que alguien pueda seguir en libertad tras una condena cuando no se reúnen las condiciones para ello y la presunción de inocencia ha sido descartada en esa fase inicial.
La jueza subrayó que se trata de una figura con amplio reconocimiento público y social, influyente en los principales ámbitos nacionales, por lo que permitir su libre circulación pese a la infracción generaría la percepción equivocada de que la igualdad legal no aplica, erosionando el efecto disuasivo de la norma y la fe en las instituciones; además, enfatizó que el atentado contra la credibilidad institucional y la confianza ciudadana en las entidades hace indispensable su detención.
El 13 de agosto anterior, su equipo legal interpuso ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá un recurso de apelación para revocar la sentencia.
En dicho recurso se describe la condena como errónea e injusta, ya que el desarrollo procesal no probó la supuesta intervención ni la comisión de los hechos alegados.
El ex presidente Uribe cumplía su arresto domiciliario en su propiedad ubicada en Rionegro, Antioquia.
A través de varios videos difundidos en sus plataformas digitales, el ex mandatario criticó que la jueza 44 de conocimiento no tomara en cuenta diversas evidencias documentales, testimoniales y técnicas.